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Carmelo Ríos propone tipificar como amenaza el daño a mascotas para intimidar a una persona

El proyecto aclara que la protección no dependería de que el animal tenga una certificación o adiestramiento especializado. (Foto/Noticias de Bayamón/Archivo)

El Proyecto del Senado 1508 propone enmendar el Código Penal de Puerto Rico para incluir como modalidad del delito de amenazas la advertencia de causar daño a un animal doméstico o domesticado bajo el cuidado de la persona amenazada o de determinadas personas vinculadas a ella.

La medida, presentada el 8 de octubre de 2026 por el senador Carmelo Ríos Santiago, establece en su exposición de motivos que otras leyes, incluida la legislación sobre violencia doméstica y protección de animales, contemplan circunstancias en las que se utiliza el daño a una mascota como mecanismo de intimidación. Sin embargo, sostiene que esas disposiciones no cubren todas las situaciones posibles.

La propuesta busca incorporar al Artículo 177 del Código Penal esta modalidad de amenaza, que actualmente no aparece expresamente contemplada en ese artículo. El proyecto establece que la disposición aplicaría cuando el animal esté bajo la guarda, custodia, tenencia o cuidado de la persona amenazada, de un integrante de su familia o de otra persona con quien mantenga un vínculo afectivo.

Carmelo Rios (archivo)

El texto propuesto dispone que este tipo de amenaza se clasifique acomo delito menos grave. También mantiene la disposición que establece una pena fija de tres años de reclusión cuando una amenaza provoque la evacuación de un edificio, lugar de reunión o facilidad de transporte público. El proyecto aclara que la protección no dependería de que el animal tenga una certificación o adiestramiento especializado, ni de que la persona amenazada sea su propietaria.

La medida también dispone que su aplicación no limitaría ni sustituiría las disposiciones de las leyes vigentes sobre violencia doméstica, bienestar animal y protección de las personas adultas mayores, entre otras normas penales aplicables.

El Proyecto del Senado 1508 aún no es ley. De aprobarse, entraría en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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