
El Tribunal de Primera Instancia de Bayamón declaró el miércoles nulos el acuerdo interagencial original y el nuevo Acuerdo Interagencial entre el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) y el Departamento de Recursos Naturales (DRNA) en cuanto a la tala de árboles en el Parque Nacional Julio Enrique Monagas.
Según la orden judicial compartida por Bonita Radio en Twitter/X, la corte resolvió que el DRNA debía conocer el impacto de sus acciones y que no podía delegarlo a terceros.
“El DRNA no puede delegar sus funciones a otras agencias y corporaciones, a menos que queden claramente establecidas las necesidades reales y que dicha agencia, quien es la que realmente tiene el conocimiento para realizar tareas de conservación y el deber ministerial de hacerlo, supervise directa y continuamente las labores dentro del Parque Monagas y sin tener listo un plan de mitigación y siembra, previo a realizar cualquier actividad de corte y poda de árboles dentro del Parque”, reza la orden judicial.

Como parte de la sentencia, el tribunal emitió un “injunction” (orden legal que un tribunal emite para prohibir o detener a una persona o entidad de hacer algo específico), ordenando al gobierno ejecutar un nuevo plan de mitigación por los trabajos ya efectuados en el Parque Monagas en Bayamón, que sea acorde con la legislación y regulación ambiental. También, prohíbe al DRD y al DRNA de remover o talar cualquier material vegetativo en el parque.
La demanda fue presentada en octubre de 2020 por 18 residentes de Bayamón contra estas dos agencias gubernamentales y las empresas contratadas para la tala. En la querella, los demandantes alegan que el “DRNA” no tiene autoridad en la ley para delegarle al “DRD” la potestad mediante un “Acuerdo interagencial para agilizar los trabajos de recogido y limpieza de escombros y rehabilitación de los Parques Nacionales del Gobierno de Puerto Rico” para decidir qué árboles deben talarse o podarse en el “Parque Monagas” de Bayamón. Sin necesidad de solicitar un permiso de corte y poda ante el DRNA. Además, los demandantes alegaron que incluso si el DRNA tuviese dicha potestad, el DRD violó el Acuerdo Interagencial, pues incumplió con múltiples requisitos.
El acuerdo le permitía al DRD cortar o podar entre 4,000 a 8,000 árboles.
