
El representante Franqui Atiles presentó en la Cámara de Representantes el Proyecto de la Cámara 1083, una medida que propone establecer la “Ley para la Protección de la Juventud y Control del Consumo de Bebidas Alcohólicas en Puerto Rico”, con el objetivo de prohibir la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas a personas menores de 21 años.
La medida, proyecto de la cámara 1083, presentada el 27 de enero de 2026 y referida a las Comisiones de Gobierno y de Seguridad Pública, busca imponer sanciones a personas y establecimientos que incumplan con la prohibición, así como establecer programas educativos y de prevención relacionados al consumo de alcohol en menores.
El proyecto define como bebidas alcohólicas aquellas que contengan más de 0.5% de alcohol por volumen y establece que ningún expendedor podrá vender o distribuir alcohol a menores de 21 años. También prohíbe que terceros adquieran bebidas alcohólicas con el propósito de suministrarlas a menores y restringe el consumo en cualquier lugar público o privado, salvo excepciones en ceremonias religiosas bajo supervisión.

En cuanto a las penalidades, la propuesta dispone multas de $2,500 por una primera infracción y de $5,000 por reincidencias. En el caso de establecimientos comerciales, el tribunal podría revocar permanentemente la licencia para la venta de bebidas alcohólicas si se registran más de dos violaciones. Además, se establece la obligación de requerir identificación válida para verificar la edad de los consumidores.
El proyecto también ordena a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito y al Departamento de Educación desarrollar campañas educativas y programas de prevención dirigidos a informar sobre los efectos del consumo de alcohol en menores de edad.
De ser aprobada, la ley entraría en vigor el 1 de enero de 2029, con un periodo de transición para permitir la divulgación de la información y los ajustes necesarios en el sector público y comercial.
